El Gobierno habilitó por DNU que militares en actividad ocupen cargos en el Ministerio de Defensa

El Gobierno nacional dispuso, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), una modificación a la Ley 19.101, que habilita al personal militar en actividad a ocupar cargos dentro del Ministerio de Defensa sin necesidad de pasar a situación de disponibilidad, como ocurría hasta el momento.
Según informó la cartera de Defensa en un comunicado oficial, la decisión apunta a que el Ministerio pueda contar con “los cuadros más calificados para la gestión de la defensa nacional, sin afectar la carrera profesional del personal militar”.
Hasta ahora, el pase a disponibilidad implicaba que el tiempo de servicio en el Ministerio no fuera considerado como servicio efectivo, situación que —de acuerdo con el texto oficial— “desalentaba la incorporación de oficiales y suboficiales con experiencia y conocimiento especializado en funciones clave”.
Desde el Gobierno señalaron que la urgencia de la medida responde a una necesidad operativa de cubrir puestos estratégicos con personal idóeo, en áreas donde el conocimiento profesional acumulado resulta determinante. En ese sentido, remarcaron que “la formación y experiencia propias de la carrera militar son esenciales para la planificación y conducción de la defensa nacional”.
El Ministerio de Defensa, a cargo de Carlos Presti, destacó además que el DNU se inscribe en una política de integración entre personal civil y personal militar en actividad, con el objetivo de fortalecer la conducción del sistema de defensa.
Asimismo, se indicó que la modificación “corrige una restricción que afectaba el principio de igualdad ante la ley”, al limitar el acceso del personal militar a funciones para las que se encuentra plenamente capacitado, sin que ello implique la creación de privilegios o alteraciones sustanciales en la carrera militar.
No obstante, el decreto establece limitaciones específicas: la habilitación no será aplicable a oficiales que hayan alcanzado los grados de teniente general, almirante o brigadier general, ni a quienes se hayan desempeñado como jefe del Estado Mayor Conjunto o jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, por tratarse de instancias que representan la culminación de la carrera militar.
Con esta decisión, el Ejecutivo busca optimizar la gestión de la defensa nacional, incorporando experiencia técnica y estratégica sin modificar los lineamientos estructurales de las Fuerzas Armadas.
Fuente: www.lavozdejujuy.com



